Un ejemplo más de lo mal que pueden llegar a hacerse las cosas en este Ministerio. El problema, como siempre, es que aquí nadie asume la responsabilidad de sus errores.
Os transcribo una circula del Sindicato de Justicia de UGT Catalunya al respecto (de España sin noticias en el frente) :
INTOLERABLE LA ACTUACIÓN DEL MINISTERIO
Hemos recibido del Ministerio la siguiente información: Por motivo de un error en la baremación de los puntos por antigüedad, al contarse un punto por año completo de servicios en lugar de dos, se notifica que el próximo día 31 de julio estará colgado un nuevo Anexo III, no teniendo validez las relaciones de adjudicaciones por orden alfabético enviadas.
Y como si no pasará nada, sacarán unos nuevos listados y habrán jugado una vez más con los compañeros, generando falsas expectativas y resolviendo de forma provisional en un período casi vacacional, pudiendo llegar a impedir la presentación de reclamaciones.
Y ya van no se sabe cuantas, pero siempre los errores en el concurso. Dan plazas aplicando preferencias que las propias bases impiden, adjudicando destinos de instrucción. Sabemos que la explicación será la de siempre “que al ordenador no se le explican bien las cosas”. Pues que aprendan a explicarlas de una vez.
Pero por si no fuera suficiente, dicen, y se quedan tan anchos, que han baremado con un punto por año, lo cual obviamente trasciende del simple error. Es señal de una incompetencia absoluta, falta de profesionalidad y lo que nos parece más grave un desconocimiento de la normativa actual.
Solamente hay que leer el REAL DECRETO 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia y ver el artículo 48 donde establece La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de la forma siguiente: a) Antigüedad: por los servicios efectivos en el cuerpo se otorgarán dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses, o en su caso, por días. A estos efectos los ceses se considerarán de treinta días. Por este concepto se valorará como máximo hasta 60 puntos.
b) En las convocatorias para puestos de trabajo genéricos de las comunidades autónomas cuya lengua propia tenga carácter oficial, se valorará como mérito su conocimiento oral y escrito, hasta un máximo de 12 puntos.
En conclusión un cúmulo de despropósitos que hace que desde UGT exijamos el CESE INMEDIATO del Secretario de Estado de Justicia, por la incompetencia demostrada en este y en otros muchos temas.
Cap comentari:
Publica un comentari a l'entrada